Comunicados de Prensa
 

Conocerá materia patrimonial y mercantil el Centro de Mediación y Conciliación: Pleno del STJEM

 


Comunicado 43/2006

Morelia, Mich., a 31 de mayo de 2006.- Los magistrados aproaron ampliar la competencia en materia de asuntos civiles al abarcar conflictos patrimoniales y mercantiles, además de los familiares del Centro de Mediación y Conciliación, cuyos resultados serán evaluados nuevamente para el mes de abril del año 2007.

En sesión ordinaria, presidida por el Magistrado Presidente Fernando Arreola Vega, los magistrados conocieron, tanto el informe de la inspección realizada por la Magistrada María Alejandra Pérez González, titular de la 2ª Sala Civil de este Alto Tribunal, como el respectivo reporte anual remitido por la directora del Centro de Mediación y Conciliación, María del Pilar Chávez Franco.

La Magistrada Alejandra Pérez González consideró la permanencia del centro como proyecto piloto, conservando a su personal y estimó conveniente el establecimiento de parámetros que permitan medir fehacientemente los resultados el Centro de Mediación y Conciliación, con el diseño de formatos, a fin de establecer su permanencia o no dentro del Poder Judicial.

De igual manera, consideró que dicha área está subutilizada por lo cual propuso para su mejoramiento, la ampliación de su competencia al abarcar también los asuntos civiles patrimoniales y en materia mercantil, no tan sólo del orden del derecho familiar.

En dicha sesión fue aprobada su propuesta para que los informes que rinda el Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial sean de manera mensual, así como que se refuerce la difusión para el conocimiento de esta herramienta alternativa y complementaria de la administración e impartición de justicia.

Al hacer uso de la palabra, el Magistrado de la 1ª Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia, Isidro Romero Silva, recordó que el propósito del mismo, establecido en la sesión plenaria del 12 de agosto de 2004, no fue suplantar al Estado en su función de administrar e impartir justicia, que son inherentes al Poder Judicial, sino ser una herramienta complementaria para la sociedad en la búsqueda de soluciones de autocomposición, por la vía pacífica, no adversarial.

"No se estableció que la finalidad del Centro de Mediación fuera la de reducir la carga laboral que pesa sobre los órganos jurisdiccionales estatales, ya que es evidente que la finalidad de este mecanismo es evidentemente social, es decir, al crearse una institución como la presente se busca ante todo el beneficio de la población, que definitivamente se ve favorecida al encontrar en esta vía pacífica, gratuita, confidencial y flexible de resolución de conflictos, una ampliación de sus posibilidades de acceso a la justicia".

"Luego entonces la descarga de los órganos jurisdiccionales podrían considerarse no un objetivo, sino una consecuencia que se puede llegar a producir a largo plazo", apuntó el magistrado Romero Silva, quien también reconoció que el desahogo de la carga judicial de los órganos jurisdiccionales es un objetivo deseable, porque no es posible esperar que el centro incida en tan corto plazo en el número de asuntos que reciben los juzgados, más aún cuando en su primer año de vida afrontó grandes desafíos como el desconocimiento total de la población y el ganar credibilidad en una sociedad acostumbrada a resolver sus conflictos de manera adversarial y con la complicación que se presenta debido a la falta de una campaña de difusión adecuada con la limitación de recursos económicos, que aqueja a la judicatura estatal.

"Definitivamente creo que tendríamos que concluir con que es necesaria la mediación, como lo es ya la conciliación de manera obligatoria en los jueces y porque incluso el Congreso de la Unión ha adicionado al artículo 18 constitucional", dijo al argumentar sobre el tiempo de prórroga del centro y refiriéndose a la reforma que establece que los 3 niveles de gobierno deben crear un Sistema Integral de Justicia para Menores, donde se incluya la aplicación de métodos alternativos al juzgamiento para evitar, siempre que sea posible que los menores se vean involucrados en un proceso judicial.

En el informe anual del Centro de Mediación y conciliación del STJEM, se apunta que al 12 de abril del año en curso, fueron 498 trámites en el Centro, de los cuales 405 fueron mediables; y se consiguió que 221 ingresaran a mediación, es decir que en esos casos fue posible contactar y convencer a la parte complementaria para participar conjuntamente con su contraparte en las sesiones de mediación.

De esos 221 a la fecha señalada habían concluido 195 asuntos, de los 136 fueron con convenio verbal, escrito o externo.

Cabe decir, que a partir del 12 de abril el Centro recibió 102 asuntos que ingresaron a trámite, de los cuales fueron de la competencia del centro para ser mediables 92 asuntos, que siguen en trámite.

En el mes de abril del año 2007, el Pleno del Poder Judicial evaluará la permanencia definitiva o no del Centro de Mediación y Conciliación del Supremo Tribunal de Justicia.