Nuevo sistema de justicia penal
I. Sistema de justicia penal acusatorio y oral
Derivado de la reforma constitucional de 18 de junio 2008, las entidades federativas implementaron un nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio, sustituyendo al mixto o inquisitorio.
La anterior reforma trajo consigo cambios muy importantes en la forma de impartir justicia, como son:
-
El respeto a los derechos de la víctima y ofendido, como del imputado.
-
Presunción de inocencia en todas las etapas del proceso.
-
El esclarecimiento de los hechos.
-
Proteger al inocente.
-
Procurar que el culpable no quede impune.
-
Que los daños causados por el delito se reparen.
-
Resolución de conflictos jurídicos en audiencias orales y públicas.
-
La presencia del juez en el desarrollo de todas las audiencias.
-
Aplicación de mecanismos alternos de solución de controversias.
II. Implementación en Michoacán
El estado de Michoacán, el 22 de junio del 2011, publicó en el Periódico Oficial las reformas realizadas en su Constitución necesarias para adoptar el sistema penal acusatorio.
Asimismo, el 13 de enero del 2012 se publicó el Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán de Ocampo en el Periódico Oficial del Estado, aplicable a dicho sistema.
El Poder Judicial del Estado de Michoacán se comprometió con este cambio que implicó la modernización de las instituciones que conforman el sistema de justicia en el estado, con la finalidad de otorgar un mejor servicio a la ciudadanía.
Regiones
El estado se dividió inicialmente en tres regiones para la implementación del sistema de justicia penal, acusatorio y oral: Morelia, Apatzingán y Zitácuaro. Posteriormente se fueron integrando las regiones de Uruapan, Zamora y Lázaro Cárdenas.
Regiones del Sistema de Justicia Penal, Acusatorio y Oral
