En asuntos de tipo familiar, jueces atienden interés superior de niña y protegen derechos de persona adulta mayor

06 de Junio de 2025

Se comparten estas decisiones judiciales por tratarse de asuntos de interés público

Un hombre compareció a promover un juicio sobre desconocimiento de paternidad en el Juzgado Cuarto Oral Familiar de Morelia, aduciendo engaño de parte de la madre en cuanto a su vínculo como padre de una niña de cuatro meses de edad, hechos de los que se enteró con posterioridad al registro de nacimiento en el que la reconoció como hija biológica.

Seguidos los trámites del juicio se pudo conocer a través de prueba pericial que no existen lazos biológicos que demuestren la relación paterno-filial, por lo que la jueza emitió sentencia definitiva atendiendo al interés superior de la niña, en relación a su derecho a la identidad, y ordenó la cancelación del acta de nacimiento para que el oficial del Registro Civil levante una nueva en la que se omita tanto el nombre del padre como de los abuelos paternos, preservándose los datos de la madre y filiación en línea materna.

En otro asunto, en un juicio especial oral familiar sobre pago de alimentos definitivos, el juez titular del Juzgado Quinto Oral Familiar de Morelia se vio impedido para entrar al fondo del estudio del asunto debido a que la parte demandante no demostró contar con la representación legal de su consanguíneo (presunta persona incapaz).

Además el demandado actualmente tiene noventa años de edad y, si bien desde la presentación de la demanda estuvo debidamente representado y asesorado por su apoderado jurídico, el juzgador consideró que por sus características físicas no se encuentra apto para comparecer por sí mismo a juicio y por lo tanto requiere de una persona de apoyo.

Es importante detallar que en términos jurídicos, una persona es considerada incapaz cuando tiene una disminución en su capacidad para entender y actuar o no puede ejercer sus derechos y obligaciones sin ayuda, lo cual puede deberse a factores como enfermedades mentales/físicas, adicciones o la edad.

Las situaciones expuestas, impidieron al juez dictar una sentencia válida y legal, pues de hacerlo se estarían vulnerando los derechos humanos tanto de la presunta persona incapaz como del adulto mayor, consagrados en diversas normas, como el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Discapacidad, así como en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

El Poder Judicial de Michoacán difunde la presente información por tratarse de decisiones judiciales de interés público.